Protocolo2SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DE LAS ACTIVIDADES
DISPOSICIONES ESPECIALES DURANTE LA EMERGENCIA SANITARIA
La Universidad Nacional de San Antonio de Areco, a través de la Secretaría Académica, asegurará y/o contribuirá al desarrollo de los procesos académicos y administrativos que se lleven a cabo en el ámbito de la misma, y al dictado de clases, para que los docentes y los alumnos puedan contar con el apoyo necesario en todas las etapas y dimensiones, tendientes a garantizar la calidad, la innovación y la inclusión en la enseñanza.

La Secretaría Académica realizará el seguimiento de las actividades durante el período de la Emergencia Sanitaria que rige como consecuencia de la pandemia provocada por el COVID-19, a través de los tres sistemas informáticos, cuyos usos aprobó (Res. N° 69/2020) y notificó a docentes y alumnos el 19 de marzo del corriente años, como dispositivos obligatorios:

1) El correo institucional

2) SIU Guaraní

3) Moodle

Para motivar la participación de los docentes y de los alumnos desarrolló dispositivos –adaptados a la contingencia- que garanticen la comunicación y la interacción: “PROTOCOLO DOCENTE | Dispositivo de educación virtual para la suspensión de clases presenciales en la UNSAdA”, y, “PROTOCOLO DEL ALUMNO | Dispositivo de educación virtual para la suspensión de clases presenciales en la UNSAdA”; diferentes instructivos referidos a educación mediada por TIC que puso a disposición en el entorno virtual; y continuará desarrollando los instrumentos necesarios para afrontar la coyuntura.

Asimismo, los docentes podrán proponer y/o utilizar otros dispositivos y herramientas que fortalezcan y estimulen la interacción con los alumnos, en función de las posibilidades, conocimientos a transmitir, características del grupo, entre otros.

La Secretaría Académica contribuye en la solución de eventuales inconvenientes que han surgido -o pudieran surgir- en la implementación y ejecución de esta modalidad de educación no presencial, a través de:

1) La intermediación con la Jefatura del Departamento Técnico, frente a requerimientos técnico-informático de funcionamiento de los sistemas de referencia, y el aseguramiento de la conectividad institucional adecuada en este contexto;
2) La intermediación con la Coordinación de Bienestar Estudiantil, con el propósito de encontrar posibles soluciones a inconvenientes planteados por los alumnos (falta de conectividad, disfuncionalidades técnicas, entre otras).

Atendiendo el contexto, se proponen las siguientes adecuaciones para el seguimiento y la evaluación de las actividades académicas, a fin de garantizar su validez, en el marco de la pandemia por COVID-19.

1. DICTADO DE CLASES

  • El dictado de clases se realizará a través del entorno virtual Moodle: https://moodle.unsada.edu.ar, como espacio virtual de intercambio y circulación de información entre docentes y estudiantes. Las clases se adecuarán a cada formato curricular establecido en el plan de estudios de las carreras, y deberán garantizar los aprendizajes básicos y mínimos a través de esta modalidad (Res. N° 69/2020)
  • Las actividades académicas que requieran presencialidad (prácticas de laboratorios, visitas/viajes curriculares, talleres de práctica, etc.) serán reprogramadas en función de las medidas que se adopten con respecto a la situación sanitaria respetando en todos los casos, las condiciones de capacidad y distanciamiento requeridas.
  • El desarrollo de las clases será llevado adelante por el docente o el equipo docente asignado mediante las herramientas previstas, garantizando la horizontalidad departamental.
  • La duración de las clases podrá ser modificada y adecuada, teniendo en cuenta los lineamientos y recomendaciones de las Coordinaciones de las carreras y de la Secretaría Académica.

2. ASISTENCIA:

  • Docentes:
    • La asistencia de los docentes se atenderá sobre la base de la actividad realizada por el docente en el Moodle, u otro medio de interacción utilizado con los estudiantes (Meet, Zoom, otros). La Secretaría Académica constatará la disponibilidad de material en la plataforma, el envío de mensajes al correo institucional, la organización de foros o grupos de contacto con alumnos, instancias de interacción sincrónica con estudiantes, entre otras.
  • Alumnos:
    • La asistencia se atenderá sobre la base de las actividades obligatorias realizadas y/o presentadas por el alumno en el entorno virtual Moodle: entrega de actividades o trabajos prácticos, respuesta a cuestionarios, participación en conferencias, actividades sincrónicas y toda otra actividad que el docente informe como obligatoria. Cada docente podrá acordar con el coordinador de carrera y/o la Secretaría Académica el número de actividades mínimas exigibles para registrar la asistencia de los alumnos.

3. EVALUACIONES:

  • La Secretaría Académica autoriza a los profesores a cargo de asignaturas a tomar evaluaciones parciales de manera no presencial desde el 1° de abril del corriente año y mientras dure la medida de aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesta por el Gobierno Nacional, u otras que restrinjan el ingreso de docentes y alumnos a los edificios de la Universidad. Los exámenes finales tendrán su propia normativa.
  • Las evaluaciones parciales no presenciales deberán ser sustanciadas por los medios de comunicación institucional indicados precedentemente. En el caso que por las particularidades de las asignaturas presenten prácticas y/o requieran indefectiblemente de la presencia del alumno, se deberán reprogramar, atento a lo dispuesto por el Gobierno Nacional.
  • La implementación del turno de exámenes correspondiente al mes de mayo, se realizará a partir del 20 de abril, tal como lo indica el calendario académico (Res. CS N° 182/2020). La apertura de mesas, inscripción y carga de actas se efectuará del modo habitual, a través del SIU-Guaraní, respectando estrictamente los plazos indicados en el sistema.
  • Evaluaciones parciales:
    • En cada asignatura se evaluará al alumno mediante evaluaciones parciales (trabajos prácticos, cuestionarios, u otras modalidades disponibles en la plataforma) que podrán ser individuales o grupales. El docente determinará qué herramientas resultan más adecuadas para la evaluación de los aprendizajes de la asignatura.
    • El docente deberá informar las fechas y modalidades de cada evaluación a los estudiantes con la debida antelación mediante el cronograma de actividades presentado al inicio de las cursadas; el correo electrónico; o, la mensajería del Moodle.
    • Para las evaluaciones parciales, podrán utilizarse todas las herramientas y los recursos disponibles en el Moodle, respetando en todos los casos la cantidad de instancias de evaluación parcial previstas en el Reglamento de Alumnos.
    • Cada una de las evaluaciones parciales deberá contar con fecha de recuperación o trabajo remedial.

4. CALENDARIO ACADÉMICO:

  • La UNSAdA mantendrá el calendario académico aprobado a través de la Resolución (CS) N° 182/2020. Al finalizar las medidas de suspensión de actividades áulicas, se establecerán fechas de recuperación de las actividades prácticas obligatorias, cuyo desarrollo hubiera quedado pendiente por la situación sanitaria.
  • El control de condición de regularidad en la carrera (s/Año Académico 2019) se ejecutará en la fecha prevista, junto con la aplicación del control de readmisiones que se realiza en esa fecha.
  • La Secretaría Académica habilitará la extensión del plazo para la presentación de los certificados de nivel secundario, como así también, para la recepción de la documentación de respaldo requerida a los ingresantes de las carreras de pregrado y grado hasta el lunes 31 de agosto de 2020.
  • Se habilitará el mismo plazo (31 de agosto de 2020) a los inscriptos a los Ciclos de Complementación Curricular que dicta la Universidad (Licenciatura en Administración y Licenciatura en Gestión Educativa) para la presentación del título previo obtenido (requisito de ingreso) como así también, para la recepción de la documentación de respaldo solicitada a los egresados del nivel superior no universitario y universitarios de pregrado.
  • En los casos referidos al punto anterior, la Universidad podrá generar un legajo provisorio sujeto a la condición suspensiva de cumplimiento de todos los requisitos reglamentarios por parte del aspirante a alumno, que no conferirá a este ningún derecho ni interés legítimo -sino solo una mera expectativa- denominándolo “aspirante provisorio condicional” hasta tanto se complete con la totalidad de la documentación de respaldo para garantizar su condición de alumno.
  • La Secretaría Académica podrá flexibilizar las modalidades de obtención de regularidad para el ciclo académico 2020, en el caso de ser necesario. Se exceptuará a los estudiantes inscriptos en estado pendiente para cursadas del primer cuatrimestre 2020 de la exigencia de materia aprobada (final) para cursar, correlatividad específica y correlatividades especiales de aprobación.
  • Asimismo la Universidad, a través de la Secretaría Académica, podrá dictar medidas y normas complementarias que se estimen convenientes para asegurar el mejor cumplimiento de los lineamientos académicos y
    administrativos propuestos atendiendo las particularidades y especificidades disciplinares, operativas y logísticas.